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OMC resuelve controversia a favor del acero mexicano

OMC resuelve controversia a favor del acero mexicano

Resuelve OMC controversia a favor del acero mexicano.
El fallo tendrá influencia para las negociaciones en materia de prácticas desleales en las negociaciones de la Ronda de Doha. Las empresas del sector pagarán menos por el concepto de cuotas compensatorias. La Organización Mundial de Comercio, formalizó el fallo a favor de México en la controversia iniciada en 2006 en contra de Estados Unidos por cuotas compensatorias impuestas al acero inoxidable mexicano, a través del Órgano de Solución de Diferencias, por lo que hubo acusaciones de prácticas de comercio desleal. De 1999 a 2006 las exportaciones mexicanas de acero inoxidable pagaron 27 millones de dólares por concepto de cuotas compensatorias, de manera contraria, sin la práctica de reducción a cero, las cuotas habrían alcanzado un monto por siete millones de dólares, según información de la Secretaría de Economía. La Secretaría informó que el fallo tendrá influencia para las negociaciones en materia de prácticas desleales en las negociaciones de la Ronda de Doha, ya que México y otros miembros de la OMC se han opuesto a las propuestas de Estados Unidos de establecer la "reducción a cero" como práctica permitida al interior del organismo. El efecto que tendrá la formalización de la decisión tomada por la OMC permitirá que las empresas exportadoras de acero en México paguen menos por concepto de cuotas compensatorias y que puedan reducirse hasta llegar a un cuota de cero por ciento. De esta manera la OMC niega el permiso para la práctica de " reducción a cero", tanto investigaciones originales como en las revisiones periódicas. Estados Unidos mantiene desde 1999 cuotas compensatorias a las exportaciones de acero inoxidable aplicando la "reducción a cero" o "zeroing". Por medio de dicho mecanismo Estados Unidos incrementa las practicas de comercio desleal, aumentando de forma ilegal las cuotas compensatorias. México puede acordar con Estados Unidos un plazo para que se dé cumplimiento al fallo de la OMC, en caso de no llegar a un acuerdo, el plazo de cumplimiento deberá ser determinado mediante arbitraje. Si Estados Unidos no cumple con las recomendaciones de la OMC el país puede solicitar autorización para suspender beneficios comerciales a la Unión Americana.

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lunes, 16 de junio de 2008